El abogado de la Utec, Jaime Cañas, dijo en el programa 33 Te Escucha que es importante ponerle alto al comportamiento de acosos sexual, de lo contrario podría desembocar en escenarios peligrosos contra la mujer.
Henry Ortega  
La Palabra Universitaria  
Sobre el acoso sexual y la importancia de denunciar estos comportamientos habló el abogado de la Universidad Tecnológica de El Salvador (Utec), Jaime Cañas, durante una de sus intervenciones en el programa de televisión 33 Te Escucha.
De acuerdo al experto, el acoso sexual puede venir de muchas formas y se considera como tal siempre y cuando la persona que lo reciba no lo desee. “El acoso sexual es toda conducta de índole sexual, ya sea escrita, verbal, no verbal o de cualquier naturaleza; todas estas conductas de índole sexual que se le haga llegar o entender a una persona y que esta no la desee; en ese momento hablamos de un acoso sexual”, expresó.
Indicó igualmente que algunas de las personas que sufren de acoso sexual no lo denuncian por miedo o por falta de información y esto puede ocurrir a diario y en cualquier lugar o circunstancia, incluso, en los lugares donde se vela por los derechos humanos.
“Por ejemplo, en los tribunales y oficinas de cualquier tipo”, enfatizó Cañas, al mismo tiempo que agregó que “las personas creen que no es grave lo que está sucediendo y si no le ponen un alto, puede pasar a un delito mucho más grave”.
Dijo además que, en muchos casos, se puede percibir como acoso alguna conducta, pero en otros no se le considera de esa forma y se puede caer en una equivocación, por eso siempre es bueno buscar la ayuda de un profesional.
El abogado indicó que la ley regula el acoso sexual con una pena de dos a cinco años de prisión, pero si la persona a la que se le adjudica el delito lo hace en contra de alguien menor a los 15 años de edad, la pena puede ser hasta ocho años de prisión.
“No todas las conductas son tipificadas como acoso sexual, por ejemplo, un niño de siete años no puede ser un acosador aun teniendo conductas de este tipo, porque él no analiza lo que es acoso; pero, caso contrario, si un niño o niña de siete años es quien la recibe, esto conlleva a un delito más grave como podría ser agresión sexual en menor o incapaz”, explicó.
Resaltó que en muchas ocasiones este tipo de delitos no se denuncia por miedo a no ser escuchado o por falta de pruebas en contra del agresor, por lo que hay que tener en cuenta que desde el 20 de abril de 1998 el nuevo código penal establece que la víctima puede ser testigo, ya que a este tipo de delitos se les llama “delitos de alcoba”, porque el agresor no espera que haya testigos para actuar.
“Si alguna vez sientes algún tipo de acoso sexual, denuncia, porque no solo te estas salvando a ti, podrías salvar a muchas más personas que no tuvieron el valor de denunciar a estos agresores”, concluyó el experto del derecho.
